¿Se Puede Quitar, Modificar o Cancelar una Orden de Protección en Maryland?

Sí. En Maryland, una orden de protección vigente puede modificarse, cancelarse o extenderse, pero no basta con que una de las partes diga que ya no la quiere.

Mientras la orden siga vigente, sus condiciones deben cumplirse.

Si usted desea cambiarla o terminarla antes de su vencimiento, normalmente tendrá que solicitarlo ante el tribunal correspondiente.

Si primero necesita entender qué es una orden de protección, qué restricciones puede imponer y cómo funciona el proceso, consulte nuestra guía sobre órdenes de restricción y protección en Maryland.

¿Se puede cancelar una orden de protección en Maryland?

Sí, pero no desaparece automáticamente porque una de las partes cambie de opinión.

Si existe una orden vigente, usted o la otra parte pueden solicitar al tribunal que la revise.

El juez decidirá si corresponde modificarla, cancelarla o mantenerla.

Por eso, aunque ambas partes estén de acuerdo, la orden sigue teniendo efecto hasta que el tribunal disponga lo contrario.

¿La persona que pidió la orden puede simplemente retirarla?

No de manera automática.

Una vez que existe una orden judicial, no deja de tener efecto simplemente porque quien la solicitó:

  • cambie de opinión;
  • quiera reconciliarse;
  • vuelva a comunicarse con usted;
  • diga que ya no necesita protección;
  • quiera que todo vuelva a ser como antes.

La orden sigue vigente mientras el tribunal no la cambie, la cancele o llegue a su fecha de vencimiento.

¿Cuál es la diferencia entre modificar y cancelar una orden?

Modificar una orden significa cambiar una o varias de sus condiciones.

Por ejemplo, podría solicitarse un cambio relacionado con:

  • contacto entre las partes;
  • vivienda;
  • hijos;
  • visitas;
  • lugares a los que usted no puede acercarse;
  • otras restricciones establecidas por el juez.

Cancelar una orden significa pedir al tribunal que termine completamente antes de la fecha prevista.

No es lo mismo cambiar una condición que solicitar que la orden deje de existir.

¿Cómo se solicita una modificación o cancelación?

En términos generales, el proceso implica presentar una solicitud ante el tribunal que emitió la orden.

Después, el tribunal puede:

  • revisar la petición;
  • notificar a la otra parte;
  • programar una audiencia;
  • escuchar los argumentos de ambas partes;
  • decidir si modifica, cancela o mantiene la orden.

La decisión final corresponde al juez.

¿Puedo volver a contactar a la otra persona si ambos estamos de acuerdo?

No debería asumir que puede hacerlo.

Si la orden prohíbe el contacto, esa prohibición sigue vigente aunque la otra persona le escriba, le llame o le diga que quiere hablar con usted.

Un acuerdo privado entre las partes no reemplaza una orden del tribunal.

Si ambos quieren volver a comunicarse, lo correcto es solicitar primero que el tribunal revise las condiciones de la orden.

¿Qué pasa si la otra persona me contacta primero?

Este es uno de los errores más comunes.

Que la otra persona tome la iniciativa no significa necesariamente que usted pueda responder sin consecuencias.

Si la orden le prohíbe contactar a esa persona, debe respetarla hasta que el tribunal la modifique o la cancele.

Por eso, si recibe mensajes, llamadas o invitaciones para encontrarse, no asuma que la orden ya dejó de aplicarse.

¿Qué pasa si queremos volver a vivir juntos?

Si la orden contiene restricciones sobre la vivienda, usted no debería regresar simplemente porque ambas partes estén de acuerdo.

Primero debe revisarse exactamente qué dice la orden.

Puede contener condiciones relacionadas con:

  • residencia;
  • distancia mínima;
  • contacto;
  • hijos;
  • visitas;
  • acceso a determinados lugares.

Si quieren cambiar esas condiciones, conviene hacerlo por medio del tribunal.

¿Puede modificarse una orden relacionada con los hijos?

Sí puede solicitarse una modificación, pero cuando hay hijos menores la situación puede ser más delicada.

Una orden de protección puede incluir disposiciones sobre:

  • custodia;
  • visitas;
  • horarios;
  • entrega de los menores;
  • contacto entre los padres;
  • manutención.

Si además existe un proceso de divorcio o custodia, conviene analizar ambos asuntos de manera conjunta.

¿Qué pasa con las armas si la orden cambia o se cancela?

Algunas órdenes pueden incluir restricciones relacionadas con la posesión o entrega de armas.

Si la orden se modifica o se cancela, usted no debería asumir que cualquier restricción desaparece de inmediato.

Puede ser necesario revisar:

  • qué dice exactamente la nueva decisión;
  • si existe algún otro impedimento legal;
  • qué procedimiento corresponde para recuperar bienes entregados anteriormente.

Este punto debe revisarse con especial cuidado.

¿Puedo pedir que solo cambien una parte de la orden?

Sí.

No siempre es necesario pedir que la orden completa desaparezca.

Usted puede solicitar que el tribunal revise una condición específica, por ejemplo:

  • una restricción de contacto;
  • una condición relacionada con los hijos;
  • una disposición sobre vivienda;
  • una medida relacionada con visitas.

El juez decidirá si corresponde hacer ese cambio.

¿Qué puede considerar el juez?

La decisión dependerá de las circunstancias del caso.

El tribunal puede considerar, entre otros factores:

  • cuánto tiempo ha pasado;
  • si hubo nuevos incidentes;
  • si existieron violaciones de la orden;
  • si ambas partes están de acuerdo;
  • si existen hijos;
  • si cambió la situación familiar;
  • si todavía existen razones para mantener determinadas restricciones.

No existe una respuesta automática para todos los casos.

¿Puede la orden simplemente vencer?

Sí.

Una orden puede llegar a su fecha de vencimiento sin que ninguna de las partes solicite cambios.

Sin embargo, mientras siga vigente, usted debe cumplir todas sus condiciones.

No conviene empezar a ignorarla simplemente porque falten pocos días para que termine.

¿Se puede extender una orden?

Sí.

Así como puede solicitarse una modificación o cancelación, también puede pedirse una extensión cuando existen razones para mantenerla por más tiempo.

El tribunal decidirá si corresponde extenderla después de revisar las circunstancias del caso.

¿Qué pasa si alguien viola la orden mientras está pidiendo que la cambien?

La orden original sigue vigente hasta que el juez decida otra cosa.

Presentar una solicitud de modificación o cancelación no significa que las condiciones desaparezcan mientras espera la audiencia.

Por eso, durante ese tiempo usted debe seguir cumpliendo:

  • prohibiciones de contacto;
  • restricciones de distancia;
  • condiciones sobre vivienda;
  • restricciones relacionadas con hijos;
  • cualquier otra disposición vigente.

Ignorar la orden mientras espera una decisión puede generar problemas adicionales.

¿Necesito abogado para modificar o cancelar una orden?

No necesariamente, pero puede ser útil cuando:

  • la otra parte se opone;
  • existen hijos menores;
  • hay un proceso de divorcio;
  • existe un caso penal relacionado;
  • hubo supuestas violaciones de la orden;
  • existen restricciones sobre armas;
  • las condiciones afectan su vivienda o trabajo;
  • no sabe exactamente qué debe pedir al tribunal.

Un abogado puede ayudarle a preparar la solicitud, organizar la evidencia y explicar qué cambio está pidiendo y por qué.

Si usted todavía se encuentra en la etapa previa a una orden final y tiene una audiencia programada, consulte nuestra guía sobre cómo puede ayudar un abogado para defenderse de una orden de protección final en Maryland.

¿Qué pasa si apenas me notificaron la orden?

Si acaba de recibirla, primero debe concentrarse en entender y cumplir sus condiciones.

Revise:

  • qué le prohíbe hacer;
  • qué lugares debe evitar;
  • si existe una fecha de audiencia;
  • qué documentos debe conservar;
  • qué evidencia puede necesitar;
  • qué errores debe evitar.

Puede consultar nuestra guía sobre qué hacer si le notifican una orden de protección en Maryland.

Preguntas frecuentes

¿La persona que pidió la orden puede cancelarla?

Puede solicitar al tribunal que la revise, pero la orden no desaparece automáticamente solo porque cambie de opinión.

¿Tengo que ir a una audiencia?

Puede ser necesario, especialmente cuando se solicita modificar o cancelar una orden vigente.

¿Puedo hablar con la otra persona mientras espero una decisión?

Depende de lo que diga la orden actual. Si prohíbe el contacto, debe respetar esa condición hasta que el tribunal la cambie.

¿Presentar una solicitud cancela temporalmente la orden?

No. La orden sigue vigente mientras el juez no decida modificarla o cancelarla.

¿Puedo pedir solo que cambien una parte?

Sí. Usted puede solicitar una modificación específica sin pedir que desaparezca toda la orden.

No ignore la orden mientras intenta cambiarla

Una de las ideas más importantes que debe tener en cuenta es esta:

Querer cambiar una orden y haberla cambiado legalmente son dos cosas distintas.

Mientras el tribunal no modifique o cancele la orden, sus condiciones continúan vigentes.

Si usted y la otra parte quieren volver a comunicarse, cambiar arreglos familiares o modificar cualquier otra condición, lo más prudente es solicitar primero que el tribunal revise la orden.

Para entender el proceso completo y las posibles consecuencias, consulte nuestra guía sobre órdenes de restricción y protección en Maryland.

Hable con Mendocilla Law Firm sobre su orden de protección

Si usted tiene una orden de protección vigente y quiere modificarla, cancelarla o entender qué opciones tiene, Mendocilla Law Firm puede revisar las condiciones actuales y las circunstancias de su caso.

¿Quiere modificar o cancelar una orden de protección en Maryland? Comuníquese con Mendocilla Law Firm para revisar su situación antes de tomar una decisión.

Dra. Nataly Mendocilla

Mis amigos siempre decían que yo podía venderle hielo a un esquimal, y mi madre no dejaba de repetir que nací para argumentar. Desde pequeña, sentí una atracción magnética hacia el derecho. Veía una serie de televisión sobre estudiantes de derecho en la Universidad de Harvard, "The Paper Chase", y me imaginaba allí, defendiendo casos, debatiendo y luchando por la justicia. Fue entonces cuando decidí que mi camino estaba en ser abogada.

Deja un comentario