5 cosas que Ud. debe saber en caso de DUI o DWI
En caso de un DWI o DUI en Maryland usted debe saber lo siguiente:
1. Ud. tiene derecho a un juicio rápido.
La Constitución establece que toda persona acusada de un delito tiene derecho a un juicio rápido.
Hay ocasiones en las que un caso tarda mucho tiempo en llegar a juicio debido a la gran cantidad de expedientes judiciales, la falta de disponibilidad de testigos u otras circunstancias imprevistas.
Ud. debe notificar a la corte que tiene la intención de ejercer este importante derecho.
2. Ud. tiene derecho a revisar todos los informes policiales y declaraciones de testigos antes del juicio.
En los casos de Tribunal de Distrito, el Estado no tiene la obligación de mostrarle los informes policiales o cualquier otra prueba que tenga la intención de presentar en el juicio, a menos que usted lo solicite específicamente.
No solicitar y obtener los informes policiales podría significar que las pruebas presentadas por el Estado lo tomarán por sorpresa en el juicio.
3. No tiene que declararse culpable.
El trabajo del fiscal es asegurar una condena en nombre del Estado y no asesorarle sobre sus derechos.
Es muy importante que comprenda que no tiene que declararse culpable.
Entrar en una sala del tribunal y declararse culpable sin preparar una defensa o entablar negociaciones serias con el fiscal es uno de los peores errores que usted o su abogado podrían cometer.
4. Ud. tiene derecho a confrontar a los testigos en su contra.
Una de las primeras preguntas que un abogado defensor penal con experiencia le hará a un fiscal el día del juicio es si los testigos del Estado están presentes en el tribunal.
Sin los testigos presentes para testificar, el Estado no podrá probar su caso en su contra.
5. Cierta evidencia es admisible en su contra, a menos que exija que los testigos se presenten en el tribunal.
Si se le acusa de un delito de conducción relacionado con el alcohol o de conducir bajo la influencia de drogas o la combinación de drogas y alcohol, los resultados de cualquier análisis de sangre o aliento se admitirán como evidencia sin testigos presentes.
Sin embargo, si solicita oportunamente la presencia del técnico o analista de respiración, o de todas las personas en la cadena de custodia, esos testigos deben estar presentes en el juicio.
Si Ud. solicita a uno de estos testigos y este no se presenta al juicio, la evidencia no es admisible en su contra.